El marco normativo: Reglamento UE 1169/2011

En España, como en el resto de la Unión Europea, el etiquetado de los productos alimentarios está regulado por el Reglamento UE n.º 1169/2011, conocido como Reglamento sobre información alimentaria facilitada al consumidor. Este texto, aplicable desde diciembre de 2014, establece qué información debe aparecer de forma obligatoria en cualquier producto envasado que se comercialice dentro del mercado interior europeo.

Los mercados municipales de España mezclan dos tipos de puestos: los que venden productos envasados, sujetos al reglamento íntegramente, y los que venden producto fresco sin envasar (charcutería, pescadería, frutería). Para estos últimos existe una obligación de información verbal o mediante carteles visibles en el punto de venta.

Campos obligatorios en el etiquetado envasado

Cualquier producto envasado vendido en un mercado municipal debe incluir los siguientes datos de forma legible, en español y con un tamaño de fuente mínimo de 1,2 mm:

Campo Descripción
Denominación del alimento Nombre legal o descriptivo del producto. No puede ser una marca comercial.
Lista de ingredientes En orden decreciente de peso. Los alérgenos deben destacarse visualmente (negrita, subrayado o color diferente).
Cantidad neta En gramos, kilogramos, mililitros o litros según corresponda.
Fecha de duración mínima o caducidad "Consumir preferentemente antes de" (calidad) o "Fecha de caducidad" (seguridad).
Condiciones de conservación Temperatura de almacenamiento recomendada, especialmente para refrigerados y congelados.
Nombre o razón social del operador Empresa responsable de la comercialización y su dirección dentro de la UE.
País de origen o lugar de procedencia Obligatorio para carnes, pescados, frutas, hortalizas, aceite de oliva, miel y huevos.
Declaración nutricional Valor energético, grasas, ácidos grasos saturados, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal. Por 100 g o 100 ml.
Lote Identifica el lote de producción para facilitar la trazabilidad en caso de alerta alimentaria.
Instrucciones de uso Cuando sea necesario para un uso correcto del alimento.

Diferencia entre "consumir preferentemente antes de" y "fecha de caducidad"

Es una de las confusiones más frecuentes entre los compradores. Ambas fechas tienen significados y consecuencias distintas:

Consumir preferentemente antes de

Indica la fecha hasta la cual el fabricante garantiza las cualidades óptimas del producto: sabor, textura, color. Una vez pasada esta fecha, el alimento puede perder calidad organoléptica pero no necesariamente supone un riesgo para la salud si se ha conservado correctamente. Es habitual en galletas, café, conservas o cereales.

Fecha de caducidad

Indica el límite de seguridad microbiológica del producto. Consumirlo después de esta fecha puede implicar riesgos para la salud. Se aplica a productos muy perecederos como carnes frescas, pescados, lácteos frescos y platos preparados refrigerados. La ley prohíbe la venta de productos con la fecha de caducidad vencida.

Los 14 alérgenos de declaración obligatoria

El Reglamento UE 1169/2011 establece 14 sustancias de declaración obligatoria en el etiquetado. Deben resaltarse visualmente dentro de la lista de ingredientes. En productos no envasados vendidos en el mercado, el vendedor está obligado a informar de forma verbal o mediante un cartel si el producto contiene alguno de ellos:

  • Cereales que contienen gluten (trigo, centeno, cebada, avena y sus variedades híbridas)
  • Crustáceos y productos derivados
  • Huevos y productos derivados
  • Pescado y productos derivados
  • Cacahuetes y productos derivados
  • Soja y productos derivados
  • Leche y sus derivados (incluida la lactosa)
  • Frutos de cáscara (almendra, avellana, nuez, anacardo, pacana, nuez de Brasil, pistacho, nuez de macadamia)
  • Apio y productos derivados
  • Mostaza y productos derivados
  • Granos de sésamo y productos derivados
  • Dióxido de azufre y sulfitos (en concentraciones superiores a 10 mg/kg)
  • Altramuces y productos derivados
  • Moluscos y productos derivados

Denominaciones de origen e indicaciones geográficas

En los mercados municipales españoles es frecuente encontrar productos con sellos de calidad diferenciada. Conviene saber qué significa cada uno:

Denominación de Origen Protegida (DOP)

El producto se produce, transforma y elabora íntegramente en una zona geográfica determinada. Es el caso del Jamón de Guijuelo, el Queso Manchego DOP o el Aceite Siurana. El origen es el factor definitorio de la calidad.

Indicación Geográfica Protegida (IGP)

Al menos una de las fases de producción, transformación o elaboración tiene lugar en la zona geográfica de referencia. Por ejemplo, la Ternera Gallega IGP o el Pimiento de Guernica.

Especialidad Tradicional Garantizada (ETG)

Certifica una composición o método de producción tradicional, sin vincular el producto a una zona geográfica concreta. La Leche Certificada de Granja es un ejemplo.

Pimientos frescos en un puesto de mercado municipal
Los pimientos frescos en mercado: la etiqueta del puesto debe indicar el país de procedencia.

Productos frescos no envasados: obligaciones del vendedor

La fruta, la verdura, el pescado y la carne que se vende sin envasar en los puestos del mercado no requieren etiqueta formal, pero el vendedor tiene obligaciones de información:

  • País de origen: debe indicarse en el cartel del puesto para frutas, hortalizas, carnes y pescados.
  • Precio por kilogramo: debe mostrarse de forma visible y legible para facilitar la comparación entre puestos.
  • Denominación comercial: en el caso del pescado, la normativa obliga a indicar la especie, zona de captura y método de producción (salvaje o de acuicultura).
  • Alérgenos: a petición del consumidor, el vendedor debe informar de la presencia de los 14 alérgenos regulados.

Cómo verificar la información en la compra

Algunas pautas concretas para aplicar en el mercado:

  1. Antes de comprar un producto envasado, localice la fecha de caducidad o consumo preferente, que suele figurar en la parte inferior o en el lateral del envase.
  2. Si tiene alguna alergia alimentaria, lea la lista de ingredientes completa, no solo la declaración de alérgenos destacada. Algunos alérgenos pueden estar presentes como componentes de otros ingredientes.
  3. Para productos a granel (aceitunas, encurtidos, frutos secos), pregunte al vendedor por el origen y la fecha de envasado del lote actual.
  4. En el caso del pescado, compruebe si los ojos están brillantes y la carne firme al tacto. La obligación de indicar el método de producción y la zona de captura facilita la comparación entre opciones.
  5. Conserve siempre el tique de compra. En caso de reclamación o devolución, es el documento que acredita la transacción.

Fuentes de referencia

Para ampliar la información sobre normativa de etiquetado en España: